Se ha publicado en el
BOE-A-2013-10594 de hoy 11 de octubre de 2013 la resolución
de 9 de septiembre de 2013, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de
la Energía, complementaria de la de 25 de junio de 2013, del Consejo de Administración,
por la que se establecen las bases reguladoras y convocatoria del programa de
ayudas para la rehabilitación energética de edificios existentes del sector
residencial.
Como se
puede leer en el documento, será imprescindible aportar una copia del Informe
de Evaluación del Edificio sin perjuicio de la necesaria aportación del resto
de documentación necesaria.
En
estos casos de igual modo que se visamos colegialmente las ITES (inspecciones
técnicas de edificios) recordemos que el informe de evaluación de edificios es
el documento que sustituye a la ITE, por tanto ahora más que nunca es
imprescindible que sea suscrito por un técnico cualificado, colegiado y con
seguro de responsabilidad civil en vigor.
Y es
que poco a poco se va viendo hacia donde se dirige el marco normativo y, la importancia
que tendrá una certificación energética seria. Insistimos que se trata de documentos
OFICIALES.
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