martes, 1 de octubre de 2013

BOE-A-2013-10201. AYUDAS PARA LA REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES DEL SECTOR RESIDENCIAL


Poco a poco, pero sin pausa, sigue adelante el cambio del sector orientándose hacia la rehabilitación energética.


Puntos importantes en el texto:

Tipología de actuaciones objeto de las ayudas:

1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.

2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.

3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.

4. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas.

Especial atención a las tres primeras por cuanto la energía geotérmica resulta más cara y complicada en su ejecución.

Préstamos reembolsables a Euribor + 0,0 % con un plazo de amortización de 12 años (periodo de retorno de la inversión).

El programa de ayudas y cantidades previstas (hasta 6.000 €/vivienda) se condiciona a la mejora de al menos una letra en la escala de eficiencia energética, lo cual implica doble certificación energética, una primera inicial para el estudio de los trabajos y solicitud del programa de ayudas (ahora si será preciso valorar económicamente las actuaciones con suficiente información previa), lo que se conoce como auditoría energética y una calificación final que determine que efectivamente se produce la mejora de calificación prevista.

Por tanto entramos en un punto en que la certificación energética además de ser obligatoria en el marco del mercado inmobiliario, compraventa y alquiler de inmuebles, puede ser voluntaria para el acceso al programa de ayudas a la rehabilitación energética.

Continuaremos desglosando el texto en los próximos días.

Y aún quedan muchos pasos por andar hasta mediados de 2014.

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