viernes, 5 de abril de 2013

AÚN NO SE HA RATIFICADO EL REAL DECRETO… SE INSTA A SU TRAMITACIÓN DE URGENCIA


En muy pocos minutos se nos ha llenado el correo con mensajes de compañeros, colaboradores, clientes, muchos de ellos remitiendo noticias similares a la que acabamos de enlazar de la agencia EFE, enlace de idealista.com y enlaces de perfiles de algunas plataformas de certificación.

En los enlaces de noticias, la información aportada es justa y proporcionada, sin especulaciones de ningún tipo, pero en algunos perfiles se está dando a entender que YA ESTÁ APROBADO EL REAL DECRETO DE CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES y la información no es del todo correcta. El texto debe ser ratificado por las Cortes Generales.

Según el artículo 86 del título II (Elaboración de las Leyes) de la Constitución Española del cual adjuntamos enlaces web y pantallazos referidos a la tramitación de carácter de urgencia, como se puede ver básicamente lo que se hace es “dar orden” de iniciar la aprobación y posterior ratificación con unos plazos temporales muy marcados hasta la ratificación por las Cortes Generales.

Por favor, un poco de seriedad y rigor. Todo a su debido tiempo, la noticia hoy es el envío a las Cortes para su tramitación de urgencia, nada más. Si el texto no se ratifica es como si no hubiéramos hecho nada.

Hemos de felicitarnos por qué se trata de un pasito más hacia una herramienta y un informe técnico con información básica necesaria para comenzar a trabajar en soluciones e iniciativas que mejoren la eficiencia energética de nuestro parque inmobiliario.





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