Adjuntamos
el cartel con fotografías que hemos recibido de la jornada del 18 de abril en la
Escuela Universitaria de Arquitectura Técnica de Madrid.
lunes, 29 de abril de 2013
ARRANCAMOS EN LA WEB
Estamos
de enhorabuena. Inauguramos nuestra web www.certificate.es
De manera
rápida y sencilla se podrá solicitar presupuesto de certificación energética de inmuebles.
Además
ofrecemos servicios energéticos más complejos, auditorías y rehabilitaciones
energéticas, noticias de los sectores de eficiencia energética y energías
renovables sin salir de la página web.
Visiten habitualmente la web www.certificate.es, aún tenemos cosas que pulir y mejorar en los próximos días y agradecemos de antemano
todas las visitas, ideas y aportaciones para mejorar día a día.
Gracias
a todos.
INTERESANTE ACTUALIZACIÓN DE ESTADO EN EL PERFIL DE FACEBOOK DE ARRENDA
Estamos
totalmente de acuerdo con aquello que se indica en el perfil de facebook de
Arrenda y sobre todo con el llamamiento a la profesionalidad y a la
responsabilidad. Es interesante leer las matizaciones que aportan además del
artículo que incluyen de elconfidencial.com
Queremos
recalcar las dos expresiones de profesionalidad y responsabilidad. Dentro de
unos pocos días hablaremos detalladamente del Real Decreto 235/2013 tras
haberlo sometido a un concienzudo análisis y consultados algunos puntos con
abogados, colegios oficiales y profesionales, pero hay un punto muy interesante
y es que cabe la posibilidad de que las Comunidades Autónomas empleen empresas
o entidades de control para la inspección de las certificaciones y aplaudimos
esa idea pues es la mejor forma de que aquellas empresas o técnicos que no reúnan
las condiciones necesarias desaparezcan y no traten de hacer su agosto a cuenta
de la desinformación y precios muy por debajo de lo razonable.
Aún
así, habrá propietarios que se sientan atraídos por el precio bajo, pero que
pasara si..:
- El técnico competente no está habilitado o
reconocido según la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación (hoy por hoy
los únicos reconocidos según RD 235/2013, lo que tenga que venir respecto a
otros técnicos competentes aún no se ha desarrollado ni aprobado).
- El técnico competente está habilitado pero no
está colegiado ni con seguro de responsabilidad civil al día.
Está
claro y tirando de refranero, lo barato sale caro y la letra con sangre entra,
y es que cuando se comiencen a imponer sanciones y se comiencen a requerir a
propietarios para que repitan o corrijan las certificaciones de sus inmuebles
será cuando el mercado acabe poniendo a cada cual en su sitio, pero los
perjudicados serán los propietarios que tendrán volver a certificar sus
inmuebles.
lunes, 22 de abril de 2013
NOTICIAS DE INTERÉS
Adjuntamos enlace a la página de elmundo.es con un artículo
publicado hoy.
Una vez más en el artículo se hace referencia al Real Decreto
(235/2013) ya publicado en el BOE.
Las medidas que se indican en el artículo son recomendaciones
dadas por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) y Ecologistas en
Acción que detallan las principales
medidas para ahorrar en el hogar, pero solo algunas de ellas son medidas de
mejora que arrojan los programas de certificación que permutan todos los datos
posibles y arrojan unas cantidades de medidas sumamente grandes, de la cuales
el técnico debe optar en su información por aquellas más viables para cada
inmueble.
El resto de medidas que se indican en el artículo son de sentido
común… bombillas de bajo consumo o LED, electrodomésticos eficientes,
termostatos o temporizadores, apagar aparatos eléctricos en lugar de dejarlos
en stand by, reparar fugas o cerrar el grifo cuando no se use, así como emplear
aireadores y calderas de condensación (esta medida ya supone un gasto
importante). De hecho gran parte de la población ya tiene muchos de estos
hábitos como normales.
Temas más serios son la instalación de mecanismos de maniobra
selectiva en ascensores, detectores de presencia en zonas comunes, ya que son
lógicos en casos de comunidades de propietarios o mediante la intermediación de
administradores de fincas, en este caso ya entramos en el campo de la auditoría
energética, que evidentemente no se queda solo en estos aspectos, siendo mucho
más compleja y obteniéndose mayor cantidad de medidas y propuestas de ahorro
así como planes de acción y seguimiento para toda una finca.
Y en cuanto al cambio de ventanas, está claro que una ventana con
rotura de puente térmico, va a ahorrar más energía, en forma de disminución de
la demanda (ahorro de calefacción y refrigeración) que una ventana convencional
sin rotura y en viviendas unifamiliares es una buena opción, también lo es en
viviendas en altura, pero debemos pensar en analizar toda la envolvente térmica
en ambos casos. De poco sirve mejorar el hueco (ventanas) si tenemos fugas por
otros puentes térmicos o deficiencias de aislamiento.
De nuevo entramos en el campo de la auditoría, lógicamente más
fácil de llevar a cabo en unifamiliares que en viviendas en bloques, simplemente
por la complejidad de poner de acuerdo a los propietarios.
miércoles, 17 de abril de 2013
360º DE LA PROFESIÓN DEL ARQUITECTO TÉCNICO
El 18
de abril estaremos presentes como gestores energéticos en la jornada 360º DE LA
PROFESIÓN DEL ARQUITECTO TÉCNICO que se celebrará en la Universidad Politécnica
de Madrid, organizada por la Escuela Universitaria de Arquitectura Técnica de
Madrid y con el apoyo del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos
Técnicos de Madrid.
Esta
jornada se compone de 11 ponencias, a desarrollar por diferentes profesionales,
arquitectos técnicos que ejercen su actividad laboral en diferentes ámbitos y
campos inmobiliarios, de modo que se expondrán diferentes salidas
profesionales, una visión global más cercana del mundo laboral tal y como se
encuentra, más allá de los muros de la Universidad.
martes, 16 de abril de 2013
NOTICIA DE INTERÉS
Una
vez más nos hacemos eco de una noticia publicada ayer por la tarde en la
edición digital de elmundo.es
Básicamente
se vuelve a repetir conceptos e ideas básicas con la intención de ir calando en
la población y el público, haciendo hincapié en la fecha del 1 de junio como
fecha de entrada en vigor obligatoria, recomendando no esperar
al último momento, pues la tramitación lleva cierto tiempo y, a esto añadimos
que las solicitudes de presupuesto y encaje de fechas va a ser fundamental, que
tanto Comunidades Autónomas como Ministerio tienen muy poco tiempo para
desarrollar todo lo que aún falta por desarrollar, sanciones para propietarios
que incumplan, técnicos habilitados competentes para suscribir la firma de
estos informes y precios aproximados (250 €/m2 para una vivienda de unos 90 m2,
lo que supone una media de 2,77 €/m2).
Se
indica que un porcentaje muy alto de inmuebles se van a situar entre los
valores E y G de la certificación, cosa que ya indicamos hace meses a raíz de
otro artículo publicado del que también nos hicimos eco (18 de enero)… y es que la
certificación energética no debe quedarse en un documento que se archive y transfiera
en las compraventas y arrendamientos, tiene que ser la base y herramienta para
acometer auditorias y estudios energéticos encaminados a acometer
rehabilitaciones energéticas aprovechando el Real Decreto 233/2013 (PLAN ESTATAL DE FOMENTO DEL
ALQUILER DE VIVIENDAS, LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA Y LA REGENERACIÓN Y
RENOVACIÓN URBANAS 2013-2016).
Lo
que no se explica bien es que según menciona el artículo la certificación
energética deberá entregarse a los compradores y arrendatarios, pero la
información no hace mención a que la certificación energética debe estar
disponible en el mercado inmobiliario junto con todos los datos del inmueble,
según el artículo 12.2 del Real Decreto 235/2013. No disponer de la información supone la vulneración del derecho a la
información de los consumidores, lo cual está tipificado y es susceptible de
sanción.
sábado, 13 de abril de 2013
IMPORTANTE. ENTRADA EN VIGOR Y OBLIGATORIEDAD DE LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA
Disposición
final cuarta. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el
día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
Dado en Madrid, el 5 de abril de 2013.
Disposición
transitoria primera. Adaptación al procedimiento.
Como complemento de los procedimientos y
programas ya aprobados como documentos reconocidos para la calificación de
eficiencia energética de edificios de nueva construcción, con anterioridad a 1
de junio de 2013, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través del
Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) pondrá a
disposición del público los programas informáticos de calificación de
eficiencia energética para edificios existentes, que serán de aplicación en
todo el territorio nacional y que tendrán la consideración de documento
reconocido y, por otra parte, se procederá a desarrollar un plan de formación e
información a los sectores afectados por la certificación de eficiencia
energética de los edificios existentes. La
presentación o puesta a disposición de los compradores o arrendatarios del
certificado de eficiencia energética de la totalidad o parte de un edificio,
según corresponda, será exigible para los contratos de compraventa o
arrendamiento celebrados a partir de dicha fecha.
Por tanto, hasta el 1 de junio de 2013 se abre
un periodo de adaptación y voluntariedad en la certificación de inmuebles para
venta o alquiler y se declara obligatorio desde el 1 de junio.
ENLACE AL BOE. REAL DECRETO 238/2013. MODIFICACIÓN DE DETERMINADOS ARTÍCULOS E INSTRUCCIONES TÉCNICAS DEL REGLAMENTO DE INSTALACIONES TÉRMICAS EN LOS EDIFICIOS.
También se ha publicado hoy el BOE 238/2013 que
tal y como pasa con la certificación energética de inmuebles, deriva de la
Directiva Europea 2010/31/UE.
Hay puntos interesantes que serán de vital
importancia en auditorías y rehabilitaciones energéticas así como para el
mantenimiento de los edificios y sobre todo, de sus instalaciones.
ENLACE AL BOE. REAL DECRETO 235/2013. PROCEDIMIENTO BÁSICO PARA LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS
ENLACE AL BOE. REAL DECRETO 235/2013.
PROCEDIMIENTO BÁSICO PARA LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS
Hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto 235/2013
por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación energética
de los edificios (o partes de los mismos) del que tanto tiempo llevamos
hablando.
Ya no caben más especulaciones una vez se
publica en el BOE, el nuevo marco legal está fijado y sobre él debemos
trabajar.
En una rápida lectura a lo largo de la mañana
extractamos las siguientes conclusiones:
- Técnico competente y
técnico ayudante: Desaparece la designación que de técnico auxiliar que durante
meses tanta confusión y controversia ha generado para pasar a designarse
técnico ayudante. Evidentemente la responsabilidad de la firma del certificado
es del técnico competente.
o
Técnico competente: técnico que esté en posesión de
cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la
redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras
de edificación o para la realización de proyectos de sus instalaciones
térmicas, según lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de cve: BOE-A-2013-3904.
o
Técnico ayudante del proceso de certificación energética de
edificios: técnico que esté en posesión de un título de formación profesional,
entre cuyas competencias se encuentran la colaboración como ayudante del
técnico competente en el proceso de certificación energética de edificios.
- Control e inspección de
certificaciones. Artículos 9 y 10 del capítulo II. Tal como se preveía, las
Comunidades Autónomas determinarán estos mecanismos con inspecciones
aleatorias.
En la web del IDAE sigue colgada la versión
.418 del programa CE3 y el manual de usuario es PROVISIONAL. Es de suponer que
en pocos días actualizarán ambos documentos a sus versiones definitivas.
viernes, 12 de abril de 2013
NOTICIAS DE INTERÉS. REHABILITACIÓN ENERGÉTICA
Adjuntamos enlace a la página de elmundo.es con un artículo
publicado hoy.
En este artículo se comentan diversos aspectos interesantes sobre
la rehabilitación energética
Fundamentalmente, si dichas rehabilitaciones son interesantes
económicamente a medio y largo plazo.
La respuesta parece clara, si son interesantes ya que en
escenarios medios de 10 años se pueden recuperar sin demasiado problema las
inversiones hechas en la rehabilitación con la diferencia de factura
energética, con ahorro energético puro y duro.
Si a esas cifras expuestas en el artículo se le añaden
consideraciones más subjetivas como que el dinero no gastado en energía es
dinero que los usuarios tienen disponible para otros menesteres, supone un
incremento del poder adquisitivo de manera indirecta y además reporta un
beneficio medio ambiental. La energía más limpia es aquella que no se consume.
jueves, 11 de abril de 2013
ENLACE AL BOE. REAL DECRETO 233/2013. PLAN ESTATAL DE FOMENTO DEL ALQUILER DE VIVIENDAS, LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA Y LA REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANAS 2013-2016
Adjuntamos
enlace al BOE 233/2013 que regula la Ley Integral de Vivienda y Suelo aprobada
el viernes 5 de abril en el Consejo de Ministros.
De
momento aún no aparece reflejado en el BOE la aprobación definitiva del Real
Decreto de Certificación de Eficiencia Energética que se presentó el pasado
viernes encuadrado dentro del Plan Integral de Vivienda y Suelo.
Las
únicas referencias a la certificación energética figuran en la página 26641 dónde cita textualmente “Para resultar subvencionables, el conjunto de
actuaciones para el fomento de la calidad y sostenibilidad previsto debe
contener, en todo caso, actuaciones de las incluidas en una o varias de las
letras a), b) o c) anteriores, de forma que se consiga una reducción de la
demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del edificio,
referida a la certificación energética,
de al menos un 30% sobre la situación previa a dichas actuaciones. Para su
justificación se podrá utilizar cualquiera de los programas informáticos
reconocidos conjuntamente por los Ministerios de Fomento y de Industria,
Energía y Turismo que se encuentran en el Registro General de documentos
reconocidos para la certificación de la eficiencia energética de los edificios”.
Por
otro lado, este Real Decreto 233/2013 publicado en el BOE, muestra el modelo de
IEE (Informe de Evaluación del Edificio) que sustituye a la ITE que viene a ser
similar pero incluyendo datos sobre acceso para personas con movilidad reducida
y eficiencia energética del inmueble.
Para
concluir en la última página 26684 se detalla la nota de la Parte III del informe IEE con la siguiente texto
referido a inmuebles o edificios completos “Cuando el presente Informe
tenga por objeto un edificio de tipología residencial colectiva (entendiendo
por tal aquel que contenga más de una vivienda, sin perjuicio de que pueda
contener, de manera simultánea, otros usos distintos del residencial) deberá
adjuntarse como Parte III de este Informe, el Certificado de Eficiencia
Energética del Edificio, con el contenido y mediante el procedimiento
establecido para el mismo por la normativa vigente”.
Estos textos transcritos están sacados de la versión en pdf.
Estos textos transcritos están sacados de la versión en pdf.
domingo, 7 de abril de 2013
CONTROL DE CALIDAD IDAE. CE3 FRENTE A CALENER
Ya hemos hablado en alguna ocasión de los
procedimientos de certificación aprobados y reconocidos.
Por un lado tenemos la herramienta llamada
CALENER (procedimiento general) y por otro lado las herramientas llamadas CE3 y
CE3X (procedimientos simplificados). Todos ellos, repetimos, son herramientas reconocidas
por el Ministerio y el IDAE.
No vamos a entrar en datos y argumentos
técnicos, pero por ejemplo, refiriéndonos a CE3, la base del programa de
certificación es CALENER, solo que por explicarlo de modo que personas que no
tienen por qué saber de ello lo puedan entender, CE3 simplifica y ahorra tiempo
ya que tiene dentro las condiciones operacionales de CALENER para certificación
y de LIDER para limitación de la demanda de energía.
De hecho entre unas herramientas y otras hay
pantallas casi idénticas.
¿Por qué decimos esto?, por qué hace meses en
foros y plataformas se abrió un debate entre las diferencias que existían entre
CE3, CE3X y CALENER y sobre todo la fiabilidad de la herramienta CE3.
En la reunión que mantuvimos en GENERA2013 con IDAE
ya nos advirtieron que tenían sondeado el mercado en internet y sabían que
había de verdadero y de falso.
En varias plataformas y foros se colgaron datos
estadísticos de fiabilidad de la herramienta CE3 con unos gráficos idénticos a
los que adjuntamos, por cierto, la fuente de estos gráficos es el propio IDAE.
Estos test de control los realizó el IDAE y nos
lo confirmó Applus en uno de sus cursos de certificación con CE3 y al hilo del
post anterior sobre copiar páginas o textos oficiales y públicos haciéndolos
propio, publicamos ésta entrada.
Estos gráficos les serán muy reconocibles y
fácilmente ubicables a aquellos técnicos que estén al tanto de la legislación y
de las webs del Ministerio y del IDAE.
Si la fuente es el IDAE o Applus, lo justo es
reconocerlo. Publicar unos datos al alcance del público general y hacerlos propios
camuflados tras un sesudo estudio tiene otro nombre, máxime cuando IDAE y
Applus están al tanto.
ENLACE CON LA PÁGINA WEB DEL IDAE
Adjuntamos el enlace directo dentro de la
página web del IDAE en referencia al Plan aprobado el viernes por el Gobierno.
No merece la pena repetir y copiar aquí lo
que se puede leer en éste enlace, las medidas previstas, ayudas, préstamos y el
programa de certificación energética de edificios existente (o parte de
edificios), ahí está el enlace para leerlo con mayor
detenimiento.
Eso sí, el ejemplo que anota el IDAE en este
enlace, prácticamente en la parte inferior de la página y que dice “el complejo Cuzco que alberga a los Ministerios de Industria,
Energía y Turismo, Economía y Competitividad y parte de Hacienda y
Administraciones Públicas, ya ha sido calificado mediante el programa
informático de referencia obteniendo la calificación energética C”, nos ha
llamado mucho la atención por que ayer nos lo encontramos en la web de una
empresa de la competencia haciendo este texto como propio.
En fin, cada cual que rellene huecos como
considere oportuno, pero lo lógico sería dar la fuente de la web del IDAE que
es quien publica esa reseña además tal cual, sin cambiar una coma.
sábado, 6 de abril de 2013
PLAN INTEGRAL DE VIVIENDA Y SUELO
En el mismo enlace que adjuntamos ayer de la
página web de la agencia EFE en la parte inferior ya está disponible el archivo
pdf del Plan Integral de Vivienda y Suelo, donde de detalla y se desarrolla
toda la legislación que lo compone y que será tramitado para su ratificación en
las Cortes y Parlamento tras su aprobación ayer en el consejo de Ministros.
Esperamos con una mezcla de inquietud,
motivación y espíritu emprendedor la ratificación y publicación en el BOE para
analizar el texto final definitivo con atención y detenimiento, pues gran parte
de nuestras líneas de trabajo se apoyan en éste Plan Integral y no solamente la
certificación energética de inmuebles, muchos campos relacionados con la eficiencia
energética y el ahorro son de gran interés y vías a desarrollar con mucho
recorrido en España.
viernes, 5 de abril de 2013
NOTICIAS DE INTERÉS
Adjuntamos enlaces de elmundo.es publicados
esta tarde al hilo del Plan Integral de Vivienda.
Opiniones para todos los gustos, partidarios
y detractores. Es muy interesante leer tanto unas como otras. La ratificación
del Plan en el Parlamento y las Cortes irá arrojando luz, la publicación
definitiva en el BOE pondrá negro sobre blanco y realmente se podrán comenzar a
evaluar el alcance real del Plan Integral de Vivienda en toda su extensión y sus posibilidades a corto y medio plazo.
NOTICIAS DE INTERÉS. ENLACE WEB LA MONCLOA. EL GOBIERNO APRUEBA UN PLAN INTEGRAL DE VIVIENDA Y SUELO
Adjuntamos los enlaces a la página web
oficial de lamoncloa.gob donde están las novedades del Consejo de Ministros de
hoy y la aprobación del Plan Integral de Vivienda y Suelo.
En el siguiente enlace está el sumario del
Consejo de Ministros de hoy, 5 de abril de 2013, con todas las medidas
adoptadas y que deben ser RATIFICADAS por el Parlamento y Cortes Generales.
Y
en el siguiente enlace cuatro vídeos con la rueda de prensa posterior al
Consejo de Ministros. En el segundo vídeo interviene la ministra de Fomento
explicando el ambicioso Plan Integral de Vivienda y Suelo.
El
Real Decreto de Certificación Energética que transcribe las directivas europeas
a la legislación española se enmarca en este Plan Integral.
Además
en el Plan Integral de Vivienda se incluyen muchas otras medidas de las que
hablamos en el post del 5 de marzo titulado AYUDAS DEL MINISTERIO DE FOMENTO
PARA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS.
En
aquella noticia se anticipaban algunas de las medidas que hoy se han confirmado
en el Consejo de Ministros y comentábamos que en un curso de CE3 (programa de certificación energética) en el Colegio
Oficial (desvelamos ahora que se trataba de Aparejadores y Arquitectos Técnicos
de Madrid) nos hablaron de la idea de cambiar el modelo de inspección técnica
de edificios para incluir mejoras en accesibilidad y eficiencia energética…
estas previsiones y noticias se han cumplido y de hecho se trata de otra de
nuestras líneas de trabajo que desarrollaremos próximamente aprovechando los
trabajos relacionados con eficiencia energética en nuestra inminente página
web.
De
todos modos seguimos las noticias y novedades con suma cautela y prudencia, hay
que seguir los pasos. Habrá que esperar a la ratificación y la publicación en
el Boletín Oficial del Estado para poder conocer todos los aspectos de este
plan de Integral de Vivienda que recibimos con mucha motivación.
AÚN NO SE HA RATIFICADO EL REAL DECRETO… SE INSTA A SU TRAMITACIÓN DE URGENCIA
En muy pocos minutos se nos ha llenado el
correo con mensajes de compañeros, colaboradores, clientes, muchos de ellos
remitiendo noticias similares a la que acabamos de enlazar de la agencia EFE,
enlace de idealista.com y enlaces de perfiles de algunas plataformas de
certificación.
En los enlaces de noticias, la información
aportada es justa y proporcionada, sin especulaciones de ningún tipo, pero en
algunos perfiles se está dando a entender que YA ESTÁ APROBADO EL REAL DECRETO
DE CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES y la información no es del
todo correcta. El texto debe ser ratificado por las Cortes Generales.
Según el artículo 86 del título II
(Elaboración de las Leyes) de la Constitución Española del cual adjuntamos
enlaces web y pantallazos referidos a la tramitación de carácter de urgencia,
como se puede ver básicamente lo que se hace es “dar orden” de iniciar la
aprobación y posterior ratificación con unos plazos temporales muy marcados
hasta la ratificación por las Cortes Generales.
Por favor, un poco de seriedad y rigor. Todo
a su debido tiempo, la noticia hoy es el envío a las Cortes para su tramitación
de urgencia, nada más. Si el texto no se ratifica es como si no hubiéramos hecho
nada.
Hemos de felicitarnos por qué se trata de un
pasito más hacia una herramienta y un informe técnico con información básica necesaria
para comenzar a trabajar en soluciones e iniciativas que mejoren la eficiencia
energética de nuestro parque inmobiliario.
NOTICIAS DE INTERÉS. LA RATIFICACIÓN DEL REAL DECRETO DE CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA AÚN MÁS CERCA…
Está pasando y está pasando ahora mismo. 5 de
abril de 2013, rueda de prensa tras el Consejo de Ministros de hoy.
Adjuntamos enlace a la noticia publicada en
la página web de la agencia EFE.
Durante la rueda de prensa posterior al
Consejo de Ministros, la vicepresidenta ha indicado que el nuevo Plan de
Vivienda 2013-2016 y los reales decretos para regular el procedimiento básico
para la certificación de vivienda y modificaciones de instalaciones térmicas de
los edificios se enviara a las Cortes para su tramitación de urgencia.
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