jueves, 30 de mayo de 2013

SIMA 2013


Hoy arranca el SIMA (SALÓN INMOBILIARIO INTERNACIONAL DE MADRID).

Visitaremos la feria ofreciendo nuestros servicios en el campo de la eficiencia energética e informaremos de aquellos temas interesantes que nos encontremos.


Más información en www.simaexpo.com

CON INFORMACIÓN COMO ESTA NO AVANZAMOS MUCHO Y SE CONFUNDE A LOS USUARIOS


Nos pasaban ayer el enlace que adjuntamos del canalextremadura.es donde en el programa El análisis emitido el 28 de mayo, entre otros temas se habló de la inminente entrada en vigor del RD 235/2013 por el cual se aprueba el procedimiento básico de certificación energética.

Hacia el minuto 25:50 el programa cambia de asunto y pasa a la eficiencia energética, la explicación del presentador Manu Pérez comienza bien cuando dice que el informe evaluará la eficiencia energética del inmueble en cuestión, pero acaba mal cuando vincula esa eficiencia al consumo, y lo estropea cuando dice que el informe medirá los consumos de electricidad, agua y ruidos.

Los consumos de electricidad y de agua de cualquier inmueble están claros, para eso están los contadores y las facturas, aunque a veces sea complicado descifrarlas.

Y para las mediciones de ruido ya está la normativa aplicable correspondiente, CTE DB-HR.

El informe de certificación energética evalúa la eficiencia energética de un inmueble en función de su ubicación geográfica, características, e instalaciones, usando indicadores elaborados sobre las LIMITACIONES DE DEMANDA ENERGÉTICA.

Aquí los consumos tienen que ver pero son una consecuencia de la demanda, si actuamos sobre la demanda, habrá una repercusión en los consumos, pero no se actúa ni se evalúan los consumos de los suministros energéticos, eso se llama AUDITORÍA ENERGÉTICA.

Más adelante, sobre el minuto 28:10 uno de los analistas, D. Antonio García Salas comienza a hablar de la Ley de Rehabilitación urbana que dice está en el Parlamento. A lo que se refiere es al Real Decreto 233/2013, Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbana 2013-2016, publicado en el BOE 86-3780.

Vamos que se podrá debatir en el Parlamento lo que sea que quiera este analista que se esté debatiendo, pero el marco legal ya existe.

Y para acabar, entra por teléfono D. Fernando López (Director de la Agencia Extremeña de la Energía) y comienza a hablar de que la ley ha salido aprobada muy precipitadamente y que habrá un periodo de adecuación paulatino.

Parece increíble afirmaciones semejantes en un medio de comunicación, la ley no ha salido aprobada precipitadamente, llevamos un retraso en la aprobación y aplicación de esta legislación respecto al resto de países de la unión de casi una década desde que en 2002 se elabora la primera directiva europea en este sentido y en España la aplicamos a nuestro antojo.

Es más, la fecha tope fijada por la Unión Europea era el 1 de enero de 2013 y hace años que ya se sabía que esto iba a llegar, pero no se ha hecho absolutamente nada hasta el último momento y este señor como Director de la Agencia Extremeña debe saber muy bien de que se está hablando.

En cuanto a moratorias, entradas en vigor paulatinas y demás, volvemos a insistir que a día de hoy no hay comunicación administrativa oficial que indique que será así, a día de hoy la fecha de entrada en vigor OBLIGATORIA es pasado mañana, 1 de junio.

Lo que ocurre es que como es más que evidente el parque inmobiliario no se puede certificar de un día para otro y, no va a quedar más remedio que hacerlo paulatina y ordenadamente, pero no por qué nos lo permitan.

miércoles, 29 de mayo de 2013

CERTIFICADO ENERGÉTICO GRATIS


Es curioso lo que la palabra GRATIS genera en el ser humano, una especie de aletargamiento del sentido común y de mecanismos de alerta.

Nos estamos encontrando con agencias inmobiliarias que ofrecen la certificación energética GRATIS para sus clientes, pero evidentemente, hay letra pequeña y es que tirando de refranero, nadie da duros a pesetas.

No pretendemos que esta entrada sea un ataque a las agencias inmobiliarias, nada más lejos de nuestra intención, de hecho las agencias son un punto muy importante en nuestra política y línea de trabajo, ya que son el contacto con el cliente.

De hecho, no hay más que darse una vuelta por nuestros perfiles de facebook, blog o la recién abierta zona de colaboraciones que comenzaremos a dar forma en breve. Hay agencias inmobiliarias que confían en nuestro método, nuestras ideas, nos ponen en contacto con sus clientes, certificamos sus inmuebles y les facilitamos un servicio integral. Evidentemente es de agradecer esa confianza hasta tal punto que quieran contar con nuestro logotipo y distintivo registrado en sus escaparates y les demos repercusión de manera reciproca.

Pero hay inmobiliarias que van a asumir la responsabilidad e incluso el coste de la certificación energética.
En este caso hay dos tipos de agencias, las que lo van a hacer mal y las que lo van a hacer bien, de hecho deseamos toda la suerte y ofrecemos nuestra colaboración a aquellas que lo pretenden hacer bien.

Partimos de un hecho fundamental. El certificado energético es responsabilidad del propietario y el propietario es el DUEÑO del certificado, lo mismo que lo es del inmueble que se va a certificar. En este punto los contratos de exclusividad pueden llegar a ser un problema.

Hay agencias que, asumirán el coste de la certificación, la factura se confeccionará a nombre del propietario y éste será consciente de todo el procedimiento y coste, lo sabrá por escrito y  abonará la certificación en el momento que el inmueble se venda, se alquile o el propietario se lo lleve de la agencia.

Pero hay agencias que ofrecen la gratuidad de la certificación con condiciones tales como tener el inmueble una serie de meses con un compromiso de exclusividad y una vez vencido ese plazo se le entrega la certificación a dicho propietario, pero ¿a qué precio?, posiblemente al doble o triple de lo que le hubiera costado buscando por su cuenta un certificador, pero una vez abonado el certificado, con la factura a su nombre, no le queda otra que pagar lo que se le pida.

También están las ofertas tipo “su certificación LE PUEDE SALIR GRATIS” con trucos y propuestas similares.

Insistimos, no es un ataque a las agencias, colaboramos con ellas y las ayudamos, es información para los propietarios, para que tomen sus precauciones y sepan en todo momento que el certificado es SUYO y no de la agencia, que el inmueble es SUYO y no de la agencia. Si un propietario tiene su inmueble certificado, que no tema, cualquier agencia se lo va a coger y gestionar con gusto, pues será un inmueble conforme a la nueva normativa y que saben no les va a suponer un problema de cara a posibles sanciones, van a preferir un inmueble certificado a uno que no lo esté.

Así pues señores propietarios, desconfíen de gangas y chollos que nos les ofrezcan garantías, de hecho en algunos casos los datos y manejo de los programas de certificación ni siquiera lo harán técnicos, si no agentes inmobiliarios o personal no cualificado para proceder a una certificación en masa, un etiquetado masivo son control a bajo precio y sin responsabilidad alguna.

Pero cuando los certificados lleguen al proceso de inspección de las Comunidades Autónomas, aquellos que estén mal, serán requeridos a los propietarios, no a las agencias y los propietarios deberán requerir a los técnicos.

Es muy recomendable que el propietario conozca al técnico, que lo haya contactado él aunque haya intermediado una agencia, que la relación la tenga con él y no con un intermediario que le ha puesto sobre la mesa un informa sin garantía alguna.

REGISTRO Y VISADO DE CERTIFICACIONES ENERGÉTICAS EN LA COMUNIDAD DE MADRID


El próximo 5 de junio tiene lugar en el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid una conferencia muy interesante en la que estaremos presentes con una buena cantidad de preguntas que esperamos tengan respuesta y daremos a conocer inmediatamente.

REGISTRO Y PROCEDIMIENTOS PARA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA. El título de la conferencia es de lo más gráfico, si bien los procedimientos cada vez están más claros y la fuerza de la experiencia, ir completando certificaciones hace que vayamos mejorando los procesos, la parte de registro promete ser muy interesante.

Entre los ponentes se encuentran el Director General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, el Subdirector General de Promoción Industrial y Energética (Dirección General de Industria, Energía y Minas) y un Técnico de Apoyo de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid.

Todo parece indicar que si la cabeza directiva de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid van a dar una conferencia el 5 de junio es por qué el procedimiento de registro en la Comunidad de Madrid os estará ya en marcha o arrancará el mismo día 5 de junio. No tiene sentido que se plantee una conferencia así y no se ofrezca ya información clara y largamente esperada.

Fuentes extra oficiales nos confirman que así va a ser, que de hecho es posible que el lunes 3 o martes 4 esté el procedimiento listo para comenzar el registro. Confirmaremos la información en la conferencia e informaremos.

En cuanto al visado de certificaciones energéticas, nos estaban llegando informaciones confusas y contradictorias, compañeros que estaban visando las certificaciones, trámite que supone un coste que ronda los 13 €. Ante la duda, ayer por la mañana hicimos la consulta en el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid.

La respuesta es que el visado NO ES NECESARIO. Cualquier técnico colegiado puede visar cualquier actuación profesional si así lo desea, evidentemente el visado entre otras ventajas supone protección y tranquilidad legal para el colegiado, pero en el caso de la certificación energética, de momento, hasta ayer 28 de mayo no era obligado el visado.

Sucede que como ya se están elaborando certificaciones energéticas y no hay procedimiento de registro en la Comunidad Autónoma, algunas Notarías estaban solicitando el visado para poder dar conformidad a las operaciones de compra venta y de paso verificar que el técnico competente es un técnico colegiado.

Es de esperar que en cuanto esté el procedimiento de registro en marcha, desaparezca esta necesidad de visado, que no obstante, es una garantía más para los propietarios.

En nuestro caso, estamos anexando a los certificados información que justifique la emisión del certificado solicitado por el propietario y la imposibilidad de registro hasta que la administración autónoma ponga el proceso en marcha.

NOTICIA DE INTERÉS


Queríamos enlazar esta noticia aparecida ayer en elconfidencial.com de manera independiente al paquete que colgamos aquí ayer.

El motivo es sencillo, no deja de tratarse de certificación energética, salvo que de lo que se habla es del servicio que va a ofrecer la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo de Madrid (EMVS) para los propietarios de inmuebles inscritos en el Servicio Municipal de Alquiler (SMA).

Ya han surgido voces que tildan este servicio de competencia desleal. No vamos a entrar a valorar críticas en un sentido y otro, de hecho podemos posicionarnos en ambos lados de la crítica.

La Empresa Municipal de Vivienda y Suelo dispone en su plantilla de una gran cantidad de técnicos que se encuadran perfectamente dentro de la categoría de técnico competente habilitado, de hecho tenemos algunos amigos trabajando ahí y, como se puede ver en el artículo, van a facturar los servicios de certificación energética a precios razonables (181,50 € suponemos que IVA incluido), de hecho tenemos inmuebles ya certificados con precios muy similares.

Nos parece bien que ante tanta oferta un tanto dudosa, la EMVS ofrezca este servicio con garantías, aunque nos tengamos que situar ahora al otro lado de la crítica y seamos conscientes de que son competencia directa.

Pero lo que no dicen esas voces críticas es que la EMVS lo que está haciendo a través del Servicio Municipal de Alquiler es informar a los propietarios, no les obliga, les ofrecen el servicio, pero son libres de buscar por su cuenta en el mercado un técnico y es así por qué hemos visto el correo enviado a algunos propietarios que nos han solicitado presupuesto y es que no olvidemos que la responsabilidad de este proceso de certificación es del propietario.

http://www.elconfidencial.com/vivienda/2013/05/27/la-emvs-de-madrid-pone-en-marcha-su-propio-servicio-de-certificacion-energetica-121776/

TÉCNICO COMPETENTE HABILITADO. COLEGIADO Y CON SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL ¿POR QUÉ ES TAN IMPORTANTE?


Desde el primer día dejamos claro que nuestros técnicos están colegiados en sus respectivos Colegios Profesionales y cuentan con Seguro de Responsabilidad Civil al día, esas son las garantías que ofrecemos a los clientes y por eso adjuntamos con cada certificación realizada el número de colegiado y la acreditación correspondiente.

Lo estamos haciendo ya y lo seguiremos haciendo pues si bien el visado no va a ser obligatorio en la mayor parte de las Comunidades Autónomas, en la gran mayoría que están dando pasos en el proceso de registro están exigiendo que el certificado tenga no solo la titulación del técnico competente, sino que también si incluya el número de colegiado.

Es una buena forma de centrar un poco este asunto y que los propietarios sepan que sus certificados son realizados por técnicos y dejar de andar en el filo con posibles habilitaciones o titulaciones mientras no se aclare desde la administración nada al respecto.

¿Y por qué es tan importante tener seguro de responsabilidad civil?, el pasado fin de semana charlábamos con otros técnicos de diversos puntos de la geografía y si bien el RD 234/2013 no obliga a disponer de seguro, planteábamos que es una forma más de dar calidad y garantías a los propietarios, sobre todo ante tanta oferta a la baja, falta de información y dudosas certificaciones sin visitas a los inmuebles o con ofertas a cambio de que los agentes inmobiliarios sean los que tomen los datos, rellenen los informes y lo dejen listo para firma, para empezar, estos agentes inmobiliarios van a asumir una responsabilidad que no les corresponde, pero allá cada cual con su responsabilidad.

El caso es que planteábamos la siguiente cuestión. Imaginemos que por cualquier motivo, un técnico se equivoca, somos humanos, puede pasar, llega el certificado a la Comunidad Autónoma, entra en proceso de revisión y se le comunica al propietario que hay un error, evidentemente el propietario reclamará la corrección al técnico.

Corregir un certificado si está demostrado el error no sería el mayor de los problemas, sigamos suponiendo, el técnico no tiene seguro, supongamos que no se trata de un certificado, que se trata de un error que por cualquier motivo se ha repetido a lo largo de muchos certificados, un patrón de sombras mal orientado, unos puentes térmicos no considerados, y lo que parece insignificante, se transforma en muchas reclamaciones, muchos certificados a cambiar.

Si no tiene seguro, y mucho menos está colegiado, ante la posible pérdida de tiempo puede decidir no hacer nada, optar por que se le denuncie y la justicia dictará sentencia pasado mucho tiempo, mientras el propietario se puede enfrentar a sanciones.

Sin embargo, un técnico que esté colegiado y que tenga su correspondiente seguro de responsabilidad civil, se cuidará mucho de informarse, ver que errores hay o que se debe cambiar, por qué lo primero que le pasaría si comenzase a tener demandas es que en la siguiente renovación de la póliza subiría su cuota y, evidentemente ninguno queremos un incremento en unas cuotas de seguros que ya de por si son altas. Está claro que antes que eso ocurra ese técnico se preocuparía por solucionarlo.

martes, 28 de mayo de 2013

NOTICIAS DE INTERÉS


En los últimos días se multiplican las noticias en torno a la certificación energética que entrará en vigor el próximo día 1 de junio.


En la siguiente entrevista se tratan los puntos esenciales del proceso, como afecta a cada parte implicada, desde la óptica del Subdirector de Promoción Industrial y Energética de la Dirección General de Industria de la Comunidad de Madrid.



El siguiente enlace es interesante ya que se menciona que para el registro de la certificación energética se solicitará que la realicen profesionales técnicos (nunca empresas) para asegurar que dicho técnico suscribe el informe y no se hace de manera mecánica, sin visita a los inmuebles y de manera irregular. Además se solicitará el número de colegiado, medida que aplaudimos y esperamos se amplíe al mayor número de Comunidades Autónomas. Es la mejor forma de dar suficientes garantías a los propietarios y protegerlos de oportunistas y mala praxis, propuestas tan descabelladas como que los agentes inmobiliarios sean quienes hagan la toma de datos, levantamiento de planos, determinación de materiales, instalaciones, condiciones de los mismos, patrones de sombras, es decir, asumir responsabilidades que no les corresponden.

Además se indica que se habilitará un registro público de certificadores habilitados, de nuevo medida a aplaudir.

El enlace corresponde a una empresa de la competencia, pero es tan sumamente interesante que debíamos darle cabida en nuestro blog.