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publicado ayer 21-02-2014
FUENTE: noticiasdenavarra.com
En todos nuestros sitios web
hemos hablado bastante sobre ello y sobre la importancia que tenían las
agencias inmobiliarias y portales web en el proceso de certificación y se ha
tomado a la ligera, pero los artículos 12.2 y 12. 3 del RD 235/2013 son claros
y concisos. La etiqueta se incluirá en toda oferta, promoción y publicidad y se
prohíben etiquetas, marcas o símbolos que no cumplan con el procedimiento.
Llevamos meses avisando que
llegarían las primeras sanciones a técnicos, y han llegado, llegarían las
primeras sanciones a inmobiliarias y como se puede comprobar hoy, han llegado
y, llegarán las primeras sanciones y denuncias a propietarios cuando un
comprador o inquilino haga números y llegue a la conclusión de que le han
engañado.
O bien en cuanto tengamos en
marcha los informes de evaluación de edificios, donde los arquitectos y
arquitectos técnicos serán los únicos habilitados, se recopilen certificados
energéticos de las partes de edificios y se pueda demostrar que son erróneos.
Durante los últimos tres meses
hemos mostrado fotografías de escaparates, pantallazos de portales inmobiliarios,
anuncios escaneados de folletos y venimos avisando de lo que iba a pasar.
Queda la siguiente vuelta de
tuerca que es la “certificación en trámite” sobre la que se supone la Comunidad
de Madrid algo iba a hacer.
Muchas veces hemos insistido en
el carácter OFICIAL y PÚBLICO del certificado energético y la etiqueta
correspondiente.
Y es que los únicos modelos de
etiqueta que se podrán exhibir son los legalmente establecidos por el
Ministerio de Industria y de los que también mucho hemos hablado.
La importancia del carácter OFICIAL
no hace falta que se explique, a la vista está, hay responsabilidades y
sanciones para las partes implicadas, propietarios, técnicos y agentes
intermediarios donde se publicitan los inmuebles, la importancia del carácter
PÚBLICO es que los datos del certificado podrán ser anotados de los escaparates
o de los portales inmobiliarios o de los registros de las Comunidades Autónomas
(cuando se habilite su acceso público) y cualquier ciudadano tendrá acceso a la
etiqueta energética.
De hecho, al hilo de esta
noticia, recomendamos visitar la web de la inmobiliaria que se cita en el artículo
www.inmobiliariaurdax.es y comprobar que algunos de los inmuebles anunciados
tienen detrás un certificado completo en pdf con todos los datos disponibles.
Hay mucha certificación por
defecto, pero desde luego es un paso correcto en la línea adecuada y cumpliendo
con la legislación vigente (RD 235/2013 y Ley 8/2013).
Nosotros vamos más allá y además
del certificado energético completamos y registramos cada expediente con un
completo informe adjunto con todos los parámetros relevantes, aportando a cada
certificado un plus de calidad y compromiso con nuestros clientes.
Sobre responsabilidades,
repercusiones, anuncios y demás temas mencionados se pueden consultar en los
siguientes enlaces de nuestra web www.certificate.es
Datos de porcentajes decertificados energéticos publicados en el blog de enalquiler.com. El milagro delos panes y los peces o como demostrar con los datos oficiales de la Comunidad de Madrid que se trata de información falsa, sesgada y poco fiable.
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