viernes, 2 de enero de 2015

INFORME TÉCNICO DE ESTADO DE VIVIENDA. CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA “EN TRÁMITE”


De un reciente informe extracto una página muy significativa y es el punto referido a la ausencia del certificado de eficiencia energética y su correspondiente etiqueta legalmente normalizada y establecida.

En este caso, el cliente deseaba conocer el estado general del inmueble, preocupado por las grietas más que evidentes, pero dentro del estado general que la vivienda sea más o menos bonita, mejor o peor orientada, no dejan de ser datos subjetivos del que vende, pero la etiqueta de eficiencia energética es un documento OFICIAL y de carácter PÚBLICO. Insisto mucho en estas dos expresiones y vengo haciéndolo desde que se aprobó el RD 235/2013 allá por abril de 2013.

El caso es que este inmueble, como tantos otros, tiene el certificado de eficiencia energética “en trámite”, expresión ya muy sobada que sirve para todo y para “excusar” la ausencia de este documento OFICIAL hasta el momento de la firma de compra venta o alquiler.

Pero en este caso a mi cliente debo informarle de la ausencia de este documento, debo reflejarlo en el informe, VISADO EN COLEGIO OFICIAL y por supuesto que además de recomendarle que no adquiriese la vivienda en el estado que se encontraba, le recomendé que no adquiera una vivienda de la que no conoce el consumo ponderado de energía, fácilmente deducible desde el dato de consumo de energía primaria.

El cliente lo entendió. Espero que de ahora en adelante que ya conoce el derecho que tiene como CONSUMIDOR de exigir este documento, lo haga antes de decidirse por ninguna compra o alquiler.


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