Una imagen vale más que mil
palabras y demostrar algo es tan sencillo como hacerlo con una fotografía.
Llevamos más de un año viendo en
todo tipo de anuncios inmobiliarios, en agencias, en portales web, etc… la
expresión “en trámite” para capear y retorcer la legislación cuando los
inmuebles en realidad NO TIENEN CERTIFICADO ENERGÉTICO redactado, ni encargado,
ni en previsión, pues hay anuncios que llevan meses con el cartel de “en
trámite” y recordemos una vez más, el artículo 12 del RD 235/2013 en su punto
segundo obliga a poner a disposición de cualquier ciudadano (interesado o no)
el certificado de eficiencia energética, se trata de poder ofrecer información
con la que poder comparar. Ley General de Defensa de los Consumidores y
Usuarios, en base a la que se articula el régimen de sanciones del artículo 18
del RD 235/2013.
Por tanto no puede ser que un
inmueble lleve meses con el cartel de certificación energética “en trámite”
cuando es algo que en Madrid, en una media de una semana, dos si hay mucho
trabajo, puede estar perfectamente listo y registrado. La certificación
energética “en trámite” ESCONDE INMUEBLES QUE INCUMPLEN LA LEGISLACIÓN VIGENTE
que obliga a tener un DOCUMENTO OFICIAL y DE CARÁCTER PÚBLICO y esto hay que
denunciarlo tantas veces como sea necesario.
Nuestro cliente tiene su inmueble
en diversos portales web inmobiliarios y pese a que mañana sábado por la mañana
si no hay ningún contratiempo, estará lista la etiqueta energética
correspondiente para que la pueda incluir en el anuncio, mientras tanto incluye
los datos que figurarán en la etiqueta energética OFICIAL y RECONOCIDA
extraídos del archivo del certificado energético, emisiones de CO2 y consumo de
energía primaria y, como es un inmueble que está registrado en la Dirección
General de Industria de la Comunidad de Madrid, se trata de un certificado “en
trámite” con nombre y apellidos, con fecha y número de registro. ASÍ SÍ QUE SE
PUEDE DECIR QUE ESTÁ EN TRÁMITE, todo lo demás es engañar al público.
Además del certificado energético
correspondiente, nuestro cliente dispondrá de un completo informe anexo, en
este caso de 23 páginas, donde se detallan los parámetros considerados en el
proceso de certificación energética.
El piso de nuestro cliente está
francamente bien, así que no nos importa darle publicidad y proporcionar acceso
directo a alguno de sus anuncios en portales inmobiliarios. Si ayuda a que su
vivienda sea más visible y además está cumpliendo con la legislación de
certificación energética, doblemente satisfechos.
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